¿Has recibido una oferta motivada, pero no tienes ni idea de qué es, qué requisitos tiene para su validez o qué plazo tienes para aceptarla?
Empecemos por el principio.
En este artículo te lo vamos a contar absolutamente todo.
Para comenzar, una oferta motivada es una contestación de la compañía aseguradora a la reclamación que previamente le ha hecho el perjudicado del accidente de tráfico en cuestión.
Esta respuesta incluye una propuesta indemnizatoria, es decir, la aseguradora considera que efectivamente hay una responsabilidad por daños que debe resarcir.
La compañía analiza el caso y comprueba los daños y responsabilidades antes de emitir esta oferta.
Según el artículo 33 de la LRCSCVM, esta oferta debe desglosar detalladamente los conceptos que se pretenden indemnizar y justificar cada punto y euro ofrecido.
Ahora bien, ¿qué más necesitas saber antes de aceptar una oferta motivada o rechazarla?
Veámoslo.
Requisitos para la validez de la oferta motivada
Para que una oferta motivada tenga validez legal, debe cumplir con ciertos requisitos mínimos de contenido.
Aunque la ley no exige una forma específica, sí requiere que la oferta incluya:
Propuesta indemnizatoria
Toda oferta motivada debe incluir una propuesta económica en forma de indemnización por la cuantía que el seguro considere ajustada a la realidad de los daños sufridos y suficiente para resarcir estos daños.
La oferta debe desglosar por separado la valoración y la indemnización ofertada para daños personales y materiales.
Esto implica una evaluación detallada y precisa de cada tipo de daño, lo cual ayuda a transparentar el proceso y asegura que todas las áreas de perjuicio sean cubiertas adecuadamente.
Daños personales
Los daños personales se calculan según el baremo de indemnización, que facilita la conversión de las lesiones corporales en conceptos económicamente indemnizables.
Cada concepto indemnizatorio debe expresarse por separado y traducirse en dinero siguiendo las Tablas del Anexo de la Ley.
Daños materiales
Además de los daños personales, la oferta motivada debe incluir la valoración de los daños materiales.
Esto puede abarcar desde los costes de reparación del vehículo hasta la sustitución de bienes personales dañados en el accidente.
La correcta evaluación de estos daños es esencial para asegurar que el perjudicado no tenga que asumir costes adicionales derivados del incidente, por lo que asegúrate de contar con asesoramiento legal adecuado que te ayude en este proceso.
Base de ofrecimiento
La oferta debe acompañarse de toda la información que haya servido de base para acreditar el ofrecimiento, incluyendo informes y dictámenes periciales, médicos, y cualquier otro documento que permita al perjudicado analizar adecuadamente la oferta.
Estos documentos proporcionan la justificación necesaria para cada partida de la indemnización ofrecida y permiten al perjudicado entender la metodología utilizada por la aseguradora para calcular la compensación.
Aceptación y rechazo de la oferta motivada de indemnización
Como perjudicado, puedes aceptar o rechazar la oferta motivada.
Si estás de acuerdo con la propuesta, se formaliza su aceptación y termina el procedimiento.
Pero, en caso de disconformidad, puedes rechazar la oferta o aceptar la oferta motivada y seguir reclamando.
En ese caso, la compañía aseguradora puede consignar la cuantía ofrecida para evitar el devengo de intereses de demora.
Veamos qué ocurre en cada caso.
Aceptación de la oferta
La aceptación de la oferta motivada implica que estás conforme con la propuesta indemnizatoria y que la consideras justa y suficiente para cubrir los daños sufridos.
¿Qué ocurre cuando la aceptas?
Que la aseguradora procederá al pago de la cantidad acordada, finalizando así el proceso de reclamación.
Es importante que entiendas que, al aceptar la oferta, renuncias a cualquier reclamación adicional relacionada con el accidente.
¡Por lo que tenlo en cuenta siempre!
Rechazo de la oferta
En caso de rechazo, debes comunicar formalmente tu disconformidad y los motivos de la misma.
Puede optar por seguir negociando con la aseguradora o recurrir a la vía judicial para obtener una compensación adecuada.
Si decides esta última opción, es crucial contar con el apoyo de un abogado especializado en seguros o un abogado de accidentes para que te guíe el proceso.
Aceptación parcial
Existe también la posibilidad de una aceptación parcial, donde puedes aceptar una parte de la oferta y seguir reclamando por otros conceptos que consideres que no están bien indemnizados.
En este caso, la aseguradora deberá pagar la cantidad aceptada mientras se continúa el proceso de reclamación por el resto.
Para este caso, también te recomendamos que tengas en consideración la ayuda de un abogado profesional que pueda ayudarte a conseguir esa indemnización que te mereces.
¿Qué plazo tiene la aseguradora para emitir la oferta motivada?
La aseguradora dispone de tres meses desde la recepción de la reclamación para emitir su oferta motivada.
Este plazo se desprende del artículo 7.2 de la LRCSCVM.
Durante este periodo, el plazo de prescripción de la reclamación queda en suspenso.
Es decir, el tiempo que la aseguradora toma para emitir la oferta no cuenta hacia el límite de tiempo que tienes tú para presentar una reclamación.
Importancia del plazo
El cumplimiento de este plazo es fundamental para asegurar que el perjudicado reciba una respuesta oportuna y no se vea perjudicado por demoras injustificadas.
Si la aseguradora no cumple con este plazo, tienes el derecho de solicitar una compensación adicional por los intereses de demora.
Seguimiento del plazo
Es recomendable que realices un seguimiento del plazo y, en caso de no recibir la oferta motivada aseguradora en tiempo y forma, consultes con un abogado especializado para determinar los pasos a seguir.
La ley establece claramente las obligaciones de la aseguradora, y cualquier incumplimiento puede dar lugar a sanciones y compensaciones adicionales que te interesa tener en cuenta.
¿Qué pasa si el seguro no la emite en plazo?
Si la aseguradora no emite la oferta en el plazo estipulado, se devengan intereses moratorios.
Según el artículo 9 de la LRCSCVM y el artículo 20 de la Ley 50/1980, estos intereses son superiores, especialmente altos tras dos años de demora, y se imponen de oficio por el órgano judicial.
Estos intereses tienen como objetivo compensarte por la espera prolongada y motivar a las aseguradoras a cumplir con sus obligaciones en tiempo y forma.
¿Qué tienes que hacer si el seguro no la emite en el plazo?
En caso de que la aseguradora no emita la oferta en el plazo establecido, debes documentar todas las comunicaciones y consultas realizadas durante el proceso.
Esto puede incluir correos electrónicos, cartas certificadas y cualquier otro medio de contacto utilizado para solicitar la oferta.
Con esta documentación, puedes presentar una queja formal ante el órgano regulador correspondiente y, si es necesario, iniciar acciones legales con el apoyo de un abogado especializado.
¿Tengo un plazo para aceptar la oferta motivada de la aseguradora?
Una vez que se hace la reclamación de los daños a la aseguradora del responsable, desde su recepción hay un plazo máximo de 3 meses para presentar la oferta motivada. En el momento en que se presenta hay un plazo de 5 días para realizar el pago.
En tu caso, te recomendamos que actúes con rapidez una vez que se emite la oferta motivada para evitar complicaciones adicionales si es que vas a aceptarla.
Qué hacer si la oferta motivada es insuficiente
En muchos casos, la oferta motivada puede ser insuficiente para cubrir todos los daños y perjuicios sufridos.
Si consideras que la oferta es baja, puedes rechazarla y continuar negociando con la aseguradora, como te hemos contado antes. También es posible aceptar la oferta motivada y seguir reclamando por el resto. En estos casos, contar con el apoyo de un abogado especializado en seguros es crucial para obtener una compensación justa.