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El accidente ferroviario de Adamuz, con un balance de 45 fallecidos, ha generado un gran desconcierto jurídico por las investigaciones paralelas, la complejidad en atribuir responsabilidades y la falta de información. A medida que pasan los días, se van intensificando las críticas de las víctimas y los familiares a la gestión institucional.
En este clima de desconfianza, la Asociación Nacional Abogados de Víctimas de Accidentes y Responsabilidad Civil (Anava-RC) ha creado una plataforma informativa de apoyo jurídico. Su presidente, el abogado Manuel Castellanos Picccirilli, nos explica qué pueden exigir los afectados y qué pagos pueden reclamar sin esperar a que se depuren responsabilidades. Nos resume los derechos, plazos e indemnizaciones en una hoja de ruta legal que ordena de menor a mayor dificultad, “tanto en lo procedimental, como en la carga probatoria y complejidad de la reclamación resarcitoria”.
El Consejo de Ministros del martes 27 de enero ha aprobado un sistema de ayudas extraordinarias y anticipos que modifica y amplía los derechos inmediatos de las víctimas, reconocidos en el Reglamento (UE) 2021/782 (LA LEY 11000/2021), el estatuto mínimo del viajero ferroviario en la Unión Europea. El Estado entregará 72.000 euros a fondo perdido por cada una de las víctimas mortales, y anticipará otros 72.000 euros correspondientes al seguro de responsabilidad civil y otro tanto de la cobertura obligatoria. Así, las familias de los fallecidos pueden recibir hasta 216.000 euros por víctima, sin necesidad de esperar a la resolución judicial ni a la actuación de las compañías aseguradoras.
Los heridos recibirán entre 4.800 y 168.000 euros, mediante pagos a fondo perdido y anticipos imputables a las pólizas de seguro, gestionados directamente a través de la Seguridad Social. Este mecanismo, articulado mediante un Real Decreto-Ley de ayuda a las víctimas de Adamuz y Gelida, pretende acelerar las indemnizaciones y evitar que las familias tengan que esperar años, como ocurrió en la tragedia de Angrois en 2013, donde las víctimas esperaron más de diez años. Estos pagos no prejuzgan la atribución de responsabilidad ni agotan el derecho a reclamar la reparación integral en sede civil, penal o administrativa.
Hay otros derechos de aplicación directa y están reconocidos en el mismo Reglamento (UE) 2021/782 (LA LEY 11000/2021), como el reembolso o reencaminamiento cuando el servicio se perturba y la posibilidad de autoorganización con reintegro si, en 100 minutos desde la incidencia, no se ofrece solución adecuada. Se aplica a viajes nacionales e internacionales con independencia del reparto de culpas entre operador del tren y administrador de la infraestructura. Si el accidente provoca el corte de la vía, como en este caso, los operadores deben informar, ofrecer transporte alternativo o devolver el dinero. Para los viajeros no heridos, es la compensación más rápida y sencilla.
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