La declaración del estado de alarma el pasado 14 de marzo, ha provocado una auténtica avalancha de dudas e incertidumbres, entre los progenitores separados o divorciados con hijos menores comunes, acerca del alcance y efectos que las restricciones a la libertad de movimientos de las personas producen en los sistemas de custodia y regímenes de visitas establecidos en las resoluciones judiciales.

¿Se suspende o sigue vigente el régimen de visitas?… ¿Qué pueden hacer si un progenitor considera que sigue vigente y el otro progenitor no lo cumple?… ¿qué ocurre en los supuestos de custodia compartida?… ¿y en las separaciones de hecho en las que no se ha comenzado el procedimiento?

En cualquier caso, Manuel Castellanos recomienda la consulta a un abogado en casos de incumplimiento o reclamaciones de cualquier tipo.

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